sábado, 6 de noviembre de 2010

En el caso de deudas canceladas, existe un antecedente histórico en el cual deberá permanecer al menos por dos (2) años comenzando a contar desde el momento de la actualización o modificación del dato. Por lo tanto si luego de dos años de cancelada la deuda aún está en las bases de datos, podrá solicitar que se elimine cualquier información con respecto a dicha deuda.
 

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